La última reforma laboral ha introducido el artículo 47 bis en el Estatuto de los Trabajadores. Este precepto regula la posibilidad de que las empresas pueden reducir la jornada o suspender los contratos de trabajo con bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
El objetivo de este mecanismo es facilitar a las empresas la posibilidad de ajustar la plantilla ante situaciones de crisis, priorizando la reducción de jornada, siempre que se cumplan determinados requisitos y circunstancias.
Este nuevo erte se encuentra pendiente de que ser desarrollado reglamentariamente.