Se está esperando la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronuncie sobre el carácter abusivo o no, de la cláusula de Índices de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH).

 

¿Qué es el IRPH y cómo se calcula?
El IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, es un índice utilizado por los bancos en lugar del Euribor para calcular las cuotas de las hipotecas.
Esmás lato que el EURIBOR, hasta un 3% más aunque sufre menos variaciones en el tiempo.

¿Cuál fue el problema?

El porblema es que el índice desapareció de forma definitiva de conformidad con lo dispuesto en el D.A. 15 ª de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre.
Ello provocó multitud de demandas de los afectados solicitando  la nulidad de las cláusulas que incorporan este índice de referencia alegan normalmente falta de información suficiente sobre su funcionamiento y falta de comprensibilidad real por parte del cliente.

¿Qué ha pasado en los tribunales?

Los afectados por esta cláusula han acudido masivamente a los tribunales, al igual que en los casos de cláusula suelo, para solicitar su nulidad y su sustitución por el Euribor, reclamando la devolución de las cantidades indebidamente abonadas.

Tras varias instancias, el asunto llegó al Tribunal Supremo, que en sentencia 669/2017 de 14 de diciembre de 2017, dio la razón a la entidad prestamista.

Ahora se espera la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En este sentido, la Comisión Europea, con fecha 31 de mayo de 2018 emitió un informe al respecto del Asunto donde propone al TJUE responder a las cuestiones prejudiciales planteadas en un sentido favorable al consumidor, dejando claro que deja el Índice debe ser analizado en términos de abusividad (Directiva 93/12). Se trata de un informe no vinculante.

Moya y Gimeno es un despacho de abogados especializado en derecho de familia y derecho penal en Badalona